Entrevista a Wálmaro Gutiérrez Diputado ante la Asamblea Nacional con el Periodista Alberto Mora
Entrevista al Compañero Wálmaro Gutiérrez
Diputado ante la Asamblea Nacional
con el Periodista Alberto Mora
Revista En Vivo, Canal 4
25 de Agosto del 2022
Periodista Alberto Mora
Le damos la bienvenida al Compañero Wálmaro Gutiérrez, Diputado ante la Asamblea Nacional, Presidente de la Comisión de Economía, Presupuesto y Finanzas, del Parlamento. Gracias por estar con nosotros, Wálmaro. Talvez no dije el nombre correcto de la Comisión, pero esos son los temas que atiende.
Palabras del Diputado Wálmaro Gutiérrez
Todo el mundo la conoce como la Comisión Económica.
Muy buenos días al Pueblo nicaragüense. Un saludo muy especial a la Militancia del Frente Sandinista de Liberación Nacional, siempre los llevamos en el Corazón, de parte de la Bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional. Y es un verdadero placer, la verdad es que a veces uno no tiene, por efectos del trabajo, la posibilidad de venir aquí a intercambiar, de venir a platicar con vos, pero siempre es un gusto estar en tu Programa. Muchas gracias por invitarme.
Periodista Alberto Mora
Gracias, Wálmaro. Para nosotros también es un honor tenerte por acá. Quisiéramos hablar en esta ocasión sobre el aspecto económico, quizás nos da unos minutos para hablarlo, pero quisiéramos priorizar más bien el tema que entiendo lo manejás muy bien, con tus años de
experiencia, tu involucramiento en la Asamblea, tu participación constante en las diversas discusiones en el Plenario sobre diferentes Leyes.
En ese sentido también tenés la experiencia y el conocimiento acerca de lo que ha sido en Nicaragua las Leyes de Amnistía, esas iniciativas de Amnistía, y qué representa también la figura de No Repetición, porque de repente la gente se enreda y cree que ya está libre de hacer cualquier cosa y que esa Ley le ha garantizado, a veces hasta hacer fechorías o cometer delitos, hablémoslo con todas las letras, como se dice.
¿Cómo podrías resumir lo que han sido los dictámenes y la emisión de Leyes en ese sentido, y cómo se ve la gente obligada? Eso obliga a la gente que recibe este beneficio.
Palabras del Diputado Wálmaro Gutiérrez
Muchas gracias por darme esta oportunidad, porque la verdad es que, tanto a Nivel Nacional como a Nivel Internacional estos temas de Amnistía generan mucho intercambio, mucha polémica; hay algunos puntos de vista encontrados; sin embargo, también hay que tener conciencia de que ha habido, incluso desde la Academia, ciertos elementos que debe contener una Ley de Amnistía moderna en las cuales prácticamente todos los Científicos del Derecho coinciden.
Lo primero que creo que hay destacar para aterrizar particularmente en Nicaragua, es que para hacer una breve retrospectiva, en Nicaragua en los últimos 40 años aproximadamente, 40, 41 años, se han aprobado 15 Amnistías, de las cuales 12 Amnistías se han aprobado entre la Primera Etapa de la Revolución y la Segunda Etapa de la Revolución.
¿Por qué te digo esto? Porque cuando se habla de la Paz, de la Reconciliación, del Bien Común, no son eslogan que vienen del diente al labio. Ha sido una constante que ha caracterizado al Frente Sandinista de Liberación Nacional, una consecuencia histórica que ha tenido en su compromiso con la Paz, la Reconciliación y el Bienestar con las y los nicaragüenses.
En otras palabras, si hay una Institución Política en este País, que ha puesto los huesos de punta por garantizar que Nicaragua sea un País de Paz, de Concordia, de Armonía, para las y los nicaragüenses, y de Bienestar, de Progreso, de Equidad, de Igualdad, ha sido el Frente Sandinista de Liberación Nacional y, como te repito, a las pruebas de remito: 12 de las 15 Leyes de Amnistía han sido aprobadas, ya sea en la Primera o en la Segunda Etapa de la Revolución.
Luego de eso también es importante destacar en sí, qué hablamos cuando hablamos de Amnistía, porque la Amnistía es una figura jurídica casi tan vieja como el Derecho mismo; sin embargo a través de los tiempos ha venido afinándose, ha venido mejorándose, ha venido precisándose. Porque el concepto más clásico y puro de la Amnistía y todo el mundo cuando habla de Amnistía solo se le ocurren dos palabras: Perdón y Olvido. ¿Por qué? Porque el concepto clásico de la Amnistía efectivamente era así: El Perdón y el Olvido.
El Perdón significa que, aquellos que pudiesen ser procesados, aquellos que estaban en procesos, o aquellos que estaban sentenciados por delitos políticos, delitos comunes conexos a estas infracciones de carácter político, de naturaleza política, eran perdonados de la acción punitiva del Estado.
Pero aparte de eso se generaba un Olvido, y yo quiero hacer un señalamiento muy particular en este tema del Olvido, porque cuando hablamos del Olvido, hablamos del Olvido legal, o sea, borrón y cuenta nueva desde el punto de vista legal. No estamos hablando de un Olvido, porque es imposible, un olvido moral, un olvido social, un olvido histórico. Porque las Sociedades olvidan lo que han vivido están condenadas a repetir esas experiencias, y nosotros no podemos olvidar, porque es la única manera de garantizar no volver al Pasado.
Pero como históricamente el concepto de la Amnistía así se te presentaba, ¿con qué objetivo aprobabas una Amnistía? Se aprobaba una Amnistía en aquellos Países que atravesaron o han estado atravesando por situaciones de conflicto que prácticamente rasgan el tejido social de ese País, el tejido de la Sociedad de ese País… conflictos armados terribles. O sea, casos han habido innumerables y Amnistías a través del Mundo han sido innumerables, vos y yo perfectamente podemos hacer un fácil listado de cuántas Leyes de Amnistía se han aprobado y en qué Países del Mundo.
Pero lo que te quiero decir es que, a través de los tiempos la Amnistía ha venido transformándose, porque si vos te das cuenta, en ese concepto clásico que yo te he transmitido de la Amnistía y cuando se habla de Perdón y Olvido, en lo único que estás pensando es del Perdón del victimario y del olvido de su delito. Pero a través del tiempo, los intelectuales, los pensadores, los científicos, los politólogos han coincidido que ese concepto estaba incompleto, porque hacía falta la otra dimensión que se olvidaba allí, porque cuando te olvidás del delito, también te olvidás de las víctimas. ¡Y eso es grave!
O sea, vos tenés que hablar del Perdón del victimario, pero de la atención integral de las víctimas, porque si no la Amnistía se convierte prácticamente en un burladero de la Justicia. En otras palabras, si vos estás de manera reiterada aprobando Amnistías, lo que estás dando es una señal de que no importa lo que hagás, no importa a quién se lo hagás, no importa cuántas veces lo hagás, porque tarde o temprano va a venir una Amnistía que te va a terminar perdonando y olvidando.
Periodista Alberto Mora
Hay otra figura que quizás podés aclararla, que de allí también vienen todos esos conceptos, que tiene que ver con el Indulto. ¿Son diferentes?
Palabras del Diputado Wálmaro Gutiérrez
Por supuesto, y esto es bien sencillo y creo que vale la pena mencionarlo.
Periodista Alberto Mora
Sí, porque la gente puede estar pensando, no es que es un Indulto.
Palabras del Diputado Wálmaro Gutiérrez
La Amnistía es general. Prácticamente la Amnistía no tiene nombre y apellido. La Amnistía va para todos aquellos que han participado en un determinado conflicto, en un punto de vista espacial o territorial, o en el territorio nacional y en determinado período de tiempo; un conflicto que va desde una fecha “a” hasta una fecha “b”.
En el caso del Indulto es distinto, es el Perdón más no el Olvido, el Perdón de una persona en particular por un delito en particular y que no tiene que ver, para nada, con temas de carácter político o comunes conexos. Es personal.
O sea, para que quede claro que la Amnistía y el Indulto, que dicho sea de paso son dos facultades constitucionales que tiene la Asamblea Nacional, para aprobar Amnistías y aprobar Indultos le corresponde al Poder Legislativo de la República de Nicaragua en este caso.
Gracias porque permitiste zanjar con total claridad la diferencia entre la Amnistía y el Indulto. Aquí no estamos hablando de Indulto, estamos hablando de Amnistía.
Pero entonces, retomando el punto particular de la Amnistía, cuando se empezó a entender este tema de que las Amnistías no podían convertirse en un burladero de la Justicia, cuando se empezó entender de que también había otra dimensión tan o cuidado más importante que el victimario, que es la víctima, entonces el concepto de la Amnistía se empezó a transformar y se le agregó, modernamente, incluso a partir de instrumentos internacionales que han generado mucho debate, como por ejemplo el Grupo de Belfast, entre el 2011 y 2012, que un grupo de pensadores de diferentes Países del Mundo generaron las pautas que son las que internacionalmente te miden que si tu Amnistía cumple con los estándares internacionales.
Hay un elemento de los estándares internacionales que toda Amnistía, en cualquier parte del Mundo que se apruebe, debe contener en su seno, porque, sino, no sería una correcta Amnistía. Y es que, además del Perdón y el Olvido Legal, por otro lado tenés que garantizar el Principio de la No Repetición. Ese es un Principio Sagrado en el Derecho Constitucional, y particularmente en el tema vinculado a la Amnistía.
Entonces, cuando se habla de la Amnistía pareciera como que es una Ley colgada en el espacio; es una Ley de Amnistía. En el caso de Nicaragua fue prácticamente un parte-aguas, porque se dieron cosas antes de la Ley de Amnistía y se dieron cosas después de la Ley de Amnistía.
En otras palabras, hay una Ley de Amnistía y un proceso de estabilización social en el marco de una Amnistía, porque para eso son las Leyes de Amnistía, para garantizar, son un estabilizador de la Sociedad que atravesó por una crisis y que necesita retomar la senda de la Paz, del Progreso, de la Estabilidad, del Bienestar.
Entonces, si vos mirás la Ley de Amnistía tenemos que ver un antecedente y un precedente de la Ley de Amnistía. ¿Cuáles fueron los antecedentes de la Ley de Amnistía que nosotros tenemos hoy en este País? Me refiero a la más reciente Ley de Amnistía.
Se aprobaron 2 Leyes y se aprobaron 2 Programas previo a la aprobación de la Ley de Amnistía. Punto número 1, la Ley No. 985, que es la Ley para una Cultura de Diálogo, Reconciliación, Seguridad, Trabajo y Paz, porque tenemos que ver el tema, antes de hablar de una Amnistía para perdonar estos delitos primero tenemos que ver la dimensión de la víctima y tenemos que garantizar que en este País ya no sea una Política de Gobierno.
O sea, la Cultura de Paz ya no es una Política de Gobierno, del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional. Ya cuando se traslada a ser una Ley de la República deja de ser una Política de Gobierno para convertirse en una Política de Estado. Eso es bien importante que lo tengamos claro, porque si fuese una Política de Gobierno, cuando hay un cambio de Gobierno hay un cambio de Política de Gobierno, pero cuando hay un cambio de Gobierno no hay un cambio de Estado; el Estado sigue siendo el mismo, el Estado de la República de Nicaragua.
Independientemente del Gobierno que esté en el Poder existe una Ley con las cuales los nicaragüenses debemos de resolver nuestras diferencias y de avanzar. ¿Cuál es la Ley? La Cultura para el Diálogo, la Reconciliación, la Seguridad, el Trabajo y la Paz. ¿Y en síntesis, en tres líneas qué te dice la Ley? Que no es a través del odio, a través de la violencia, a través de la muerte, a través de la destrucción, que vas a resolver los problemas y las diferencias entre los nicaragüenses. Eso es lo que te dice.
La Ley es larga, tiene muchos conceptos, tiene objetivos, tiene principios generales, tiene principios específicos, tiene acciones concretas, pero en concreto lo que te dice la Ley es eso: Mirá, aquí en este País que ya hemos vivido guerras, hemos vivido agresiones, hemos vivido bloqueos, ya los nicaragüenses estamos hasta aquí de seguir en confrontaciones y de seguir pagando con sangre preciosa de nicaragüenses. Queremos la Paz, queremos la Reconciliación y queremos el Progreso, ¿a través de qué? De una Cultura de Paz, con Diálogo, con Reconciliación, con Seguridad y con Trabajo. Eso es lo que dice esa primera Ley, la Ley 985.
Luego de eso, continúa con una segunda Ley no menos importante, mirá que te estoy hablando antes de la Ley de Amnistía, la Ley 994. ¿Cuál es la Ley 994? La Ley 994 es nada menos que la Ley Integral de Atención a las Víctimas, antes de la Ley de Amnistía. Esta Ley Integral de Atención a las Víctimas se aprueba en aras de garantizar una atención y reparación integral a las víctimas y a sus familiares que padecieron vejámenes en el contexto de los hechos de violencia ocurridos entre el 2018 y para en delante.
Ahí hay una Ley con una serie de acciones, entonces ya vos vas empezando a entender que ya no solamente estamos hablando del Perdón y de Olvido, que se ha dicho típicamente, e históricamente.
Entonces, cuando vos ya tenés a nivel de Política de Estado una Cultura de Paz para el Diálogo, la Reconciliación, el Trabajo, y luego de eso tenés una Ley Integral de Atención a las Víctimas, ahora sí estás en condiciones para dar el siguiente paso. ¿Cuál es el siguiente paso? Aprobar una Ley de Amnistía.
Yo creo que es importante que le vayamos dando seguimiento, porque esos acontecimientos han sido uno detrás de otro, en el tiempo, y así pasaron en la Asamblea Nacional.
Entonces viene, se aprueba la Ley de Amnistía; incluso, cuando se aprobó la Ley 994, que es la Ley de Atención a las Víctimas, se aprobó un Plan de Atención Integral a las Víctimas, y cuando se aprobó la Ley para la Cultura de Diálogo se aprobó también un Plan de Acción para la Cultura de Paz en este País. Todos esos elementos existían de previo a la aprobación de una Ley de Amnistía.
Una Ley de Amnistía que por un lado, cuenta con los Principios Técnicos generalmente aceptados como correctos a nivel internacional para un instrumento de esta naturaleza. ¿Cuál es el objetivo? Primero, lograr la Paz a través del Perdón y el Olvido Legal de todos esos delitos políticos y comunes conexos, con una condición, pero la deja clarita, la Ley de Amnistía la deja clarita una condición: La No Repetición.
La No Repetición que es un Principio que no lo inventamos nosotros, está en muchísimas Legislaciones. Si vos te vas a las Leyes de Amnistía que se han aprobado en Colombia, con todos los conflictos que vos y yo sabemos que ha habido en Colombia, en Argentina, en Uruguay, en El Salvador, en Honduras, en Ecuador; y para salir de América Latina.
Incluso en España ahorita acaban de aprobar una Ley de Amnistía, tiene consagrado el Principio de la No Repetición. ¿Por qué? Porque si vos no consagrás en la Ley de Amnistía el Principio de No Repetición, lo que estás haciendo es, permitiendo que la Ley de Amnistía se
convierta en un instrumento para burlar la Justicia y dejar desprotegidas a las víctimas.
Porque una cosa es que vos aprobés un Perdón y Olvido para todos esos delitos, e incluso un Plan de Repatriación de mucha gente que como consecuencia de ese conflicto salió, y que después les permitimos la entrada, la inserción a este País, ¿pero con qué condición, para que vuelvan a matar a gente, para que vuelvan a violar a Compañeras y Compañeros, para que vuelvan a levantar tranques de la muerte, para que vuelvan a promover el odio a través de las Redes Sociales, ¡No!
Entonces para garantizar eso, se aprobó con el Principio de No Repetición, al menos 2 o 3 Instrumentos legales interesantísimo. El Primero, y que ya hemos hablado sobre este tema aquí, La Ley Reguladora de Agentes Extranjeros; mirá, qué cosa más interesante.
¿Por qué se aprueba con posterioridad a una Ley de Amnistía que tiene dentro de su seno el Principio de No Repetición, una Ley de Agentes Extranjeros? Porque es de todos conocido, que fue públicamente demostrado, que todos estos tristes, lamentables y bochornosos incidentes que nosotros los nicaragüenses vivimos en el año 2018 en adelante, no fueron hechos que cayeron del Cielo o por generación espontánea, fueron un Plan articulado y lo peor, financiado con recursos de Gobiernos extranjeros para debilitar, desestabilizar y remover del Poder por la violencia, al Gobierno legítimamente electo del Estado de la República de Nicaragua. Porque todos esos acontecimientos fueron financiados con esa plata.
Pero además, es nuestro legítimo y soberano Derecho de hacerlo, como lo han hecho en la mayoría de países del Mundo, que ya hemos demostrado que tienen sus correspondientes Leyes de Agentes Extranjeros, no permitir de que, a través de personas naturales o a través de personas jurídicas se estuviesen canalizando recursos del extranjero con el objetivo de financiar actos de desestabilización y que vengan a atentar contra la Paz y la Estabilidad que es un Derecho inalienable de l@s nicaragüenses, dentro del marco del Principio de No Repetición. Mirá que interesante este orden.
Luego de eso se aprobaron dos elementos adicionales que están más pegados al tema de carácter penal, que es la Ley Especial de Ciberdelito, porque el tema del Ciberespacio, los Ciberdelitos jugaron un papel trascendental en toda esta desinformación, en toda esta desestabilización que se generó a partir del año 2018.
Se aprobaron Reformas al Código Penal, como por ejemplo las Reformas al artículo 410 sobre el Menoscabo a la Integridad Nacional. Pero se aprobó una Ley que yo creo que es prácticamente la Ley del Honor y Decoro de l@s nicaragüenses, que es la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz, donde se deja claramente establecido, qué es un traidor a la Patria.
Lo deja clarito, aquel que venga a desestabilizar al Estado de la República de Nicaragua, porque bien usted tiene todo el Derecho de disentir de un Gobierno, o de una Política de Gobierno, lo que eso no te da derecho, es que vos agarrés un garrote y le querrás partir la cabeza a alguien porque no piensa igual que vos.
O no te da derecho a partir una carretera, cortar la Energía Eléctrica, cortar el Agua Potable, quemar Alcaldías, quemar Hospitales, quemar Centros de Salud, violar, golpear y asesinar, porque tenés diferencia con un determinado Gobierno. ¿Adónde vamos a parar con esto?
Entonces, es por eso que se deja claro de que hay una Cultura de Paz, que es una Política de Estado, que existe una Ley de Atención Especial a las Víctimas, existe una Ley de Amnistía bajo la lógica también de un Principio de No Repetición.
Y luego de eso está, una Ley de Agentes Extranjeros, una Ley Especial de Ciberdelitos, una Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Paz, la Independencia y la Soberanía para la Paz, y Reformas al Código Penal de la República de Nicaragua.
Entonces en síntesis, porque lo me pediste muy rápido y el tiempo en televisión es muy corto. Ese es prácticamente el contexto en que se desarrolla todo este tema de la Amnistía.
No se vale de que personas que pueden tener recursos económicos, o que pueden tener incluso una posición predominante dentro de la Sociedad nicaragüense, ya sea porque es un Líder Político, o porque es un Líder Religioso, o porque es un Líder Social, se crea que está por encima del bien y el mal, que no está bajo el alero de la Ley, sino que está al margen de la Ley; o peor, por encima de la Ley, y que crea de que por su investidura, por su alta investidura, a él o a ella no le afectan estos delitos, no le afectan o no se le aplican estas disposiciones legales, estas disposiciones constitucionales.
No es correcto, se supone que este es un Estado Social de Derecho, que vos, yo y todos los que nos miran somos iguales ante la Ley, y si tenemos los mismos Derechos ante la Ley, también debemos de tener las mismas obligaciones ante la Ley.
O sea, yo no me puedo beneficiar de mi posición predominante para empezar a propalar una Campaña de Odio, de desinformación, de desestabilización, de andar buscando cómo lanzar a una parte del pueblo contra la otra. Y lo peor del caso en nombre de mi ideología Política o mi ideología Religiosa.
No podemos hacer eso, nosotros debemos ser Promotores de la Paz, debemos ser Promotores de la Reconciliación, debemos garantizar que los nicaragüenses entendamos de una vez, que no es a través de la violencia que nosotros vamos a resolver nuestros conflictos. Es por eso que ahora, ¿qué es lo que tiene hacer el Estado nicaragüense? Garantizar que se cumpla la Ley. Acordate de aquel Principio: dura lex, ex lex. Dura Ley, la Ley es dura, pero es la Ley.
Entonces independientemente que vos tengás un apellidito de abolengo, o que tengás una posición predominante en una Institución Religiosa o Social, o que tengás un ONG sin fines de lucro de mil años de existir, eso no te da Derecho a romper el Orden Constitucional establecido en este País.
Periodista Alberto Mora
¿A quiénes cubrió, que no se habían asomado a la cárcel? Hay algunos aspectos que quería preguntarle, Wálmaro. La Amnistía cubrió incluso a gente que nunca fue capturada por la Policía pero que había participado. Aquí me voy a referir al papel de algunos Obispos que incitaban a la violencia; alguien dijo que los tranques eran maravillosos, el invento mejor, y todo lo demás; se habló incluso de magnicidio, queremos matar al Presidente pero no lo vamos a hacer, y recuerdo aquella grabación que circuló, todos la escuchamos.
Desde el púlpito también se arengaba, hacían política, y política de promoción de odio. Por otro lado había Líderes Empresariales que también estaban involucrados a todas luces, habían puesto dinero, habían financiado todo lo demás, de diversas formas. También gente que estaban en ONG y todo lo demás.
Toda gente de alguna manera fue cubierta por esta Amnistía y estaba obligada al precepto de No Repetición. Y la otra cosa, para que lo aclare. Dice, no, es que la Ley no es retroactiva y esta Ley es retroactiva, y la Ley es retroactiva solo cuando favorece al reo. Si nos explica todos esos aspectos que tienen que ver con la Legislación.
Palabras de Wálmaro Gutiérrez
Mirá, yo creo que tocaste un punto importantísimo, porque se han dicho muchas mentiras y han tratado de hacer “mella” en el imaginario nacional sobre el tema de la Amnistía, el tema de la No Retroactividad vinculado al tema de la No Repetición.
En Principio, yo te voy a decir, de que no existe Amnistía eterna; si hay una de las características que tiene cualquier Amnistía, es que es de carácter espacial y de carácter temporal. ¿Qué significa eso? De carácter espacial, o sea, se aplica para los delitos cometidos en un determinado territorio, ahí. Eso es la Amnistía desde el punto de vista espacial. Y desde el punto de vista temporal, es que la Amnistía tiene una fecha de inicio y una fecha de finalización.
Todos los delitos políticos o los delitos comunes conexos a los delitos políticos que se cometan desde la fecha A hasta la fecha B, son cubiertos por la amnistía, y significa que estas personas que delinquieron, porque es que no podemos decir que no delinquieron porque sí delinquieron. Por mucho que haya perdón y por mucho que haya olvido legal no significa que no hayan delinquido, sí delinquieron; entonces esos salen beneficiados con esa Amnistía.
El Artículo 1 en el punto número 1 del primer párrafo de la Amnistía; el Artículo 1 qué dice: Se concede amplia amnistía a todas las personas que han participado en los sucesos acaecidos en el territorio nacional a partir del 18 de Abril del año 2018 hasta la fecha de entrada en publicación de la presente Ley. ¿Cuándo se publicó esta Ley? el 10 de Junio del año 2019.
Entonces, en ese espacio de tiempo, todos esos delitos políticos y comunes conexos que se dieron en los acontecimientos desgraciados que tenemos nosotros en nuestra mente el Pueblo nicaragüense, porque lo sufrimos, fueron beneficiados por la Amnistía. Pero luego de eso, ¿qué te dice el Artículo 3? Como es chiquito me voy a permitir leértelo textual, porque el problema es que, la Guardia lee como quiere. No; aquí se va a leer bien y te lo voy a leer.
Artículo 3 No Repetición. Las personas beneficiadas por la presente Ley, deben abstenerse de perpetrar nuevos hechos que incurran en conductas repetitivas generadoras de los delitos aquí contemplados. La inobservancia del principio de No Repetición trae como consecuencia la revocación del beneficio establecido en esta Ley. Eso dice el Artículo 3, dónde está la retroactividad, aquí lo tengo clarito, aquí no hay retroactividad.
Periodista Alberto Mora
O sea, dice, el perdón te lo suspendo, te lo suspende.
Palabras de Walmaro Gutiérrez
Así de sencillo, la inobservancia del principio de No Repetición trae como consecuencia la revocación; fijate vos, la revocación del beneficio establecido en esta Ley. Pero además, ¿sabés qué sucede? Esta gente creyó, que esta Amnistía era “Una más del Taller Cajina”, y que ellos podían seguir en su mismo sainete.
Entonces, después del 10 de Junio del año 2019, que es desde el 18 de Abril del 18, hasta el 10 de Junio del 2019 cubre la Amnistía; después de esa fecha, ellos siguieron cometiendo diferentes delitos, cometieron delitos en el marco de la Ley de Agentes Extranjeros, cometieron delitos de Traición a la Patria, establecido en la Ley, cometieron Ciberdelitos. Eso se llama una conducta delictiva continuada.
Entonces, si ya está fuera del plazo establecido en la Ley por el cual a vos te garantizaban una Amnistía, eso significa que vos sos mínimo civil y penalmente responsable por las acciones que vos realicés. Es por eso que la Policía Nacional, la Procuraduría General de la República, la Fiscalía, Ministerio Público y el Poder Judicial tienen la obligación constitucional de desarrollar los procesos Penales y Administrativos que se han estado desarrollando; o sea, están absolutamente enmarcados en la Constitución y en la Ley.
No es tal de que no, es a mí me están procesando por un delito que se perdonó en el marco de Amnistía. Amigo, usted cometió delito en esa fecha que se le perdonaron, pero por desgracia después del 10 de Junio del año 2019, usted continuó desarrollando actividades de carácter delictivo que ya no son cubiertas por la Amnistía, y por lo tanto usted tiene que presentarse ante la Justicia.
Como me puede mandar a presentarme a mí, te mandan a presentarte a vos, a Juan Pérez, a Martha Goicochea, chica de los palotes, quien sea. Todos estamos bajo el alero de la Ley. Es que el problema es que en este País, especialmente el Neoliberalismo cree que los apellidos de abolengo o de alta casta te eximen de la responsabilidad penal.
Aquí, aparte de las eximentes de responsabilidad penal que establece el Código Penal, ellos creen en su ADN, de que por derecho de sangre, por derecho real sanguíneo, ellos están eximidos de cualquier responsabilidad, porque ellos tienen un rancio abolengo, o porque tienen una alta posición en una determinada jerarquía Social o Religiosa, y como tengo una enorme caterpalada de plata, entonces vengo y cometo los delitos que me dé la gana, porque ¡Don dinero, poderoso caballero!
Hombre, fijate que no, este País es un Estado Social de Derecho y ya sea que tengás plata o que seas pobre, ya sea que seás Chamorro o que seás López, ya sea que seás un Jerarca de la Iglesia de cualquier denominación, o que seás un laico o un ateo, a la Ley no le importa; la Ley tiene una venda en los ojos y una espada en la mano, e imparte Justicia, “dura lex, sed lex”, eso es lo que dice, y es una realidad.
Y además, me parece correcto, porque fijate que si vos tenés diferencia y vos querés hacer un cambio de Gobierno, tenés los procesos electorales, andate y que el Pueblo a través de los votos, diga, hombre ya no quiero este Gobierno, sino quiero este otro.
Pero no es a través de la violencia, no es a través de andar solicitando Sanciones para el Estado de la República de Nicaragua, que afecta especialmente a los más pobres de este País, no es a través de andar recogiendo millones de dólares para venir a generar violencia a nivel interno, que vas a lograr tus perversos objetivos de hacerte de Nicaragua como que fuera un botín de guerra.
Yo creo que los nicaragüenses, merecemos respeto, y para eso sean las Instituciones legítimamente constituidas, están los Procesos Electorales, el Sufragio Electoral, universal, libre, público y secreto.
Entonces, por favor, ya a estas alturas, no podemos seguir engañándonos, a estas alturas del Campeonato lo que hay que hacer es hacer prevalecer la Ley y garantizar que la Paz, la Estabilidad, la Cultura de Diálogo sean elementos que se preserven para tod@s l@s nicaragüenses. No puede ser que nosotros sigamos pasando a futuras generaciones un País sin Paz.
Mirá cuántos años, países que han pasado 40, 50, 60, 70 años en conflicto, cuantas generaciones se han visto afectadas con esto. Yo creo que nosotros debemos poner un parteaguas, un estate quieto, hasta aquí llegó a este tipo de procedimientos.
Querés dirigir los destinos de este País, andá ganátelo a las Elecciones, eso es lo que te están diciendo, en una Justa Libre y Democrática, eso es lo que te están diciendo. Pero no levantando un tranque, violando gente, matando gente, quemando Policías, o acaso creen que se nos olvida, porque hay una Ley de Amnistía, porque quemaron policías; no se nos olvida.
Entonces todas esas cosas hay que dejarles claro cómo es que operan las Amnistías, que las Amnistías no significan patente de corso para hacer lo que te venga en gana, porque bueno, después, si me perdonaron una me perdonan dos, y si me perdonan dos me perdonan cuatro.
No, espérate, es que la Amnistía viene aparejado con un principio de No Repetición, y si vos repetís esa conducta vas a la cárcel mínimamente. En otros países incluso hay penas capitales para este tipo de delitos, y en países de “Primer Mundo”, en las Democracias occidentales más puras, todavía incluso, existe la pena de muerte para los delitos contra el Estado y sus Instituciones.
El delito de Traición es penado con la muerte en Estados Unidos, vaya a ver la Constitución norteamericana y en varios Estados el relajo con la pena de muerte. Entonces no; nosotros lo que estamos haciendo es que estamos garantizando que l@s nicaragüenses vivamos en Paz, que creo que es lo mínimo a lo que tenemos Derecho después de una guerra de agresión, después de una guerra fratricida, después de un bloqueo, después de 16 años desastrosos de Neoliberalismo.
Ahora que tenemos Paz, que tenemos Progreso, que gracias a Dios, independientemente de la pandemia, independientemente del golpe de Estado, independientemente del ETA, independientemente del IOTA, somos de los pocos países en el mundo que estamos exhibiendo crecimientos económico en la Zona Verde. O sea, crecimientos económicos positivos, que tenemos de los mejores niveles de exportaciones a nivel Regional Latinoamericano, desde el punto de vista relativo en base al tamaño de nuestra economía. Que tenemos las mejores carreteras prácticamente a nivel Latinoamericano, que estamos garantizando la Restitución de los Derechos a la Salud gratuita y de calidad.
¿Por qué se murió una tendalada de personas del COVID en los Países del Primer Mundo donde sobran los riales? ¿Por qué se murió una tendalada de gente? Porque ahí la Salud no es gratuita y de calidad, si vos no tenés un seguro médico morís como perro en la banqueta de un hospital y no te atienden, o en una camilla, y no te atienden.
El acceso a la Educación gratuita y de calidad, las mejores Carreteras, los mejores Caminos, Proyectos de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario, muchos otros Proyectos de Infraestructura a favor de nuestro Pueblo. Una serie de beneficios que solamente en sueños los pudo haber experimentado el Pueblo nicaragüense: el Programa Plan Techo, Calles para el Pueblo, Bono Solidario, la Merienda Escolar.
Tenemos una cantidad de beneficios que nosotros no podemos poner en riesgo, porque a un grupo de 15, 20, 30 brutos, se les ocurre que Nicaragua es su botín de guerra y que tienen derecho a gobernar los destinos de nuestro País solamente porque tienen un determinado apellido; creo que a estas alturas en este País ya no es permisible eso.
Periodista Alberto Mora
Le agradezco Wálmaro gracias por haber venido.
Palabras de Wálmaro Gutiérrez
Es un placer estar con vos, como siempre.