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  • 22 mayo, 2019

Comunicado emitido por el Ministerio del Trabajo


COMUNICADO

La Ministra del Trabajo en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y Ley No. 185 “Código del Trabajo”, en su artículo 264, incisos d) y e)

HACE SABER

A empleador@s, trabajador@s, empresas y ciudadanía en general lo siguiente:

PRIMERO:

Que todas las actividades de los diferentes sectores económicos, privados o públicos, se desarrollarán de manera normal.

En el caso de que algún empleador o empresa suspenda labores por cualquier causa o motivo, esto no afecta ningún derecho laboral de las y los trabajadores como son: Salario ordinario, vacaciones, décimo tercer mes, antigüedad y cualquier otro beneficios establecidos en el Código del trabajo y los convenios colectivos.

SEGUNDO:

Para tal efecto se informa tanto a empresas como empleadores que el incumplimiento de lo dispuesto en esta comunicación da paso a los procedimientos y sanciones establecidas en la legislación laboral vigente en lo referente a la tutela y protección de los derechos laborales de las y los trabajadores.

Dado en la ciudad de Managua, a los 22 días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo

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