• Por admin
  • 22 junio, 2020

El Banco Central de Nicaragua (BCN) informa que su Consejo Directivo decidió realinear la tasa de encaje legal en moneda nacional al 15 por ciento y retomar la base de cálculo de semanal a catorcenal, después de haber desaparecido durante el primer trimestre de 2020, las presiones de liquidez que dieron origen a su reducción al 13 por ciento en Agosto de 2019.

Sin embargo, la Economía Nacional está siendo afectada por una mayor incertidumbre y reducción de la actividad Económica y del Comercio Internacional, originada por la Pandemia mundial del COVID-19, que podrían reducir el Producto Interno Bruto en 4.5 por ciento en 2020, lo que amerita la implementación de políticas de impulso monetario para mitigar sus efectos en la Economía.

Por tanto, el Consejo Directivo del BCN ha autorizado la liberación de hasta cuatro mil millones de córdobas (C$4,000,000,000.00) del encaje en moneda nacional que, a solicitud de cada Banco, deberán ser destinados exclusivamente al financiamiento crediticio en córdobas de la actividad Económica Nacional. A cada Banco le corresponderá un monto proporcional a su participación en el encaje legal requerido, según los registros al 30 de Junio de 2020. Con esta liberación, la tasa de encaje legal tendría una reducción de alrededor de 10.5 puntos porcentuales.

La liberación del encaje será por períodos de seis (6) y nueve (9) meses, según lo solicite cada Banco, a partir del 1 de Julio de 2020 y estará vigente hasta el 30 de Junio de 2022.

Adicionalmente, a fin de propiciar una reducción de los costos de financiamiento que facilite la intermediación financiera, el BCN decidió continuar con la política de reducción de tasas de interés de sus diferentes instrumentos de política que ha venido implementando desde Agosto de 2019, por lo que a partir del 22 de Junio de 2020 reducirá la Tasa de Referencia de Reportos Monetarios (TRM) en 75 puntos base, la que pasará de 5.25 por ciento a 4.50 por ciento. Con estas acciones, el Banco Central de Nicaragua espera apoyar el cumplimiento de su objetivo fundamental de estabilidad de la moneda nacional y el normal desenvolvimiento de los pagos internos y externos.

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