Comunicado del Mitrab sobre el Feriado Nacional del Día de las Madres
COMUNICADO
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley Número 290 “Ley de Organización competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”; Ley Número 185 “Código del Trabajo” en sus artículos 66 y 264, literal d) y Ley Número 1118 “Ley que Declara el Día de la Madre, Feriado Nacional”.
HACER SABER:
A todos l@s empleador@s públicos y privados del País:
PRIMERO
Conforme la Ley Número 1118 “Ley que Declara el Día de la Madre, Feriado Nacional”, publicada en La Gaceta Diario Oficial Número 92 del 20 de Mayo del año 2022 que reforma el Artículo 66 de la Ley Número 185 “Código del Trabajo”, en reconocimiento al inmenso heroísmo y entrega absoluta de las Madres nicaragüenses; SE DECLARA: El día Lunes 30 de Mayo del presente año, Feriado Nacional Obligatorio, con derecho a descanso y salario para tod@s l@s Trabajador@s del País; a fin de celebrar en Familia y Comunidad el Día de las Madres Nicaragüenses; regresando a sus labores ordinarias el día Martes 31 de Mayo del año dos mil veintidós.
SEGUNDO
De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 69 del Código de Trabajo, se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisface y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de Mayo del año dos mil veintidós.
Dra. Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo