Corte Suprema de Justicia se pronuncia ante injerencismo de OEA en Nicaragua
En ese sentido, el Acuerdo leído por Gerald Áreas Lacayo, Secretario en Funciones de la CSJ, considera lo siguiente:
Primero, el artículo 129 de la Constitución Política de la República de Nicaragua estatuye los poderes Legislativos, Ejecutivos, Judicial y Electoral son independientes entre sí y se coordinan armónicamente, subordinados únicamente a los intereses supremos de la nación y a lo establecido en la presente Constitución y el artículo 4 de la Ley número 260, Ley Orgánica del Poder Judicial señala la Constitución Política es la norma Suprema del ordenamiento jurídico y vincula a quiénes administran justicia, los que deben aplicar e interpretar las leyes, los tratados reglamentos, demás disposiciones legales u otras fuentes del Derecho según los preceptos y principios constitucionales.
Segundo, que el día 16 de noviembre del año en curso el Poder Legislativo de la República de Nicaragua emitió la declaración número 5 del 2021 condenando las reiteradas acciones injerencistas de la Organización de Estados Americanos en los asuntos internos de Nicaragua.
Tercero, que dicha declaración de la Asamblea Nacional solicita a los demás poderes del Estado de la República de Nicaragua pronunciarse ante este reprochable acto injerencista.
Cuarto, que al establecer los principios fundamentales de la República de Nicaragua el artículo 1 constitucional indica: la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional son derechos irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación nicaragüense. Toda injerencia extranjera en los asuntos internos de Nicaragua o cualquier intento de menoscabar esos derechos atenta contra la vida del pueblo, es deber de todos los nicaragüenses preservar y defender estos derechos. Y en su artículo 2 señala: la soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos, decidiendo y participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político, cultural y social de la nación.
Tras considerar estos puntos, la CSJ acuerda “respaldar la declaración número 5 del 2021 de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, reafirmando el compromiso de todas y todos los ciudadanos nicaragüenses con los principios sobre los que se sustentan nuestra nación, en particular la soberanía nacional, independencia y autodeterminación, como derechos irrenunciables y fundamentales que pertenecen de manera absoluta y categórica al pueblo de Nicaragua”.
Asimismo, “respaldar la solicitud de la Asamblea Nacional al Presidente de la República de Nicaragua, Comandante Daniel Ortega Saavedra, en su calidad de Jefe de Estado y de Gobierno para que denuncie la carta de la Organización de los Estados Americanos de conformidad con lo estipulado en el artículo 143 de dicho instrumento”.