• Por admin
  • 13 julio, 2023

Gobierno de Nicaragua se pronuncia sobre la sentencia de La Corte Internacional de Justicia


El 19 de Noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia dictó Sentencia delimitando la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua en el Mar Caribe hasta las 200 millas marinas desde las líneas de base de las costas nicaragüenses. Colombia rehusó cumplir dicha Sentencia desde el mismo día en que fue dictada y posteriormente denunció el Pacto de Bogotá en un intento de impedir que Nicaragua pudiera acudir a la Corte nuevamente para denunciar las violaciones de los derechos soberanos y los espacios marítimos nicaragüenses en el mar Caribe.

Ante esta situación, y antes que entrara en vigor la denuncia del Pacto de Bogotá, el Gobierno de Nicaragua presentó dos demandas en contra de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia en 2013. En 2014 Colombia presentó objeciones preliminares a la jurisdicción de la Corte y solicitó al Alto Tribunal de Naciones Unidas que se declarase incompetente para conocer las demandas presentadas por Nicaragua en su totalidad. En 2016 la Corte rechazó las objeciones preliminares de Colombia y anunció su competencia para conocer de ambos casos.

En la primera demanda Nicaragua sometió a la consideración de la Corte las violaciones por parte de Colombia de los espacios marítimos de Nicaragua, tal y como habían sido reconocidos por el Fallo de la Corte del 19 de noviembre de 2012. En sentencia del 21 de abril de 2022 la Corte aceptó lo demandado por Nicaragua declarando que Colombia implementó una política de estado que violó la jurisdicción y los derechos soberanos de Nicaragua y ordenó a Colombia cesar su conducta ilegal. De igual forma, el Alto Tribunal confirmó que Nicaragua no ha violado derecho alguno de pesca histórico de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia. Al mismo tiempo, la Corte reconoció como positivo el gesto del Gobierno de Nicaragua al expresar interés en abordar bilateralmente por la vía de un acuerdo la situación de la población raizal del Archipiélago.

Con respecto a la segunda demanda sobre la que hoy se ha pronunciado la Corte, la misma trata sobre la delimitación marítima más allá de las 200 millas. En ese sentido, la Corte reafirmó el derecho de Nicaragua a sus 200 millas de zona económica exclusiva y plataforma continental con todos sus recursos naturales intactos según fuese determinado desde 2012.
La Corte determinó que un estado tiene derecho a la totalidad de sus 200 millas de plataforma continental tal como se le había reconocido a Nicaragua, pero que una plataforma continental más allá de las 200 millas no podía recortar las 200 millas de otro estado.

Como este tema no estaba resuelto en la Convención de Derecho del Mar, la Corte tomó la decisión con base en la práctica de algunos estados que consideró establecían una nueva norma de derecho consuetudinario.

Esta sentencia dispone sobre áreas de la plataforma continental de Nicaragua que se extienden más allá de 200 millas e inciden en las áreas dentro de las 200 millas de Colombia. La sentencia no afecta los derechos de Nicaragua a su plataforma continental más allá de las 200 millas en otras zonas del Caribe.

El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional reafirma su firme compromiso con el Estado de Derecho a Nivel Internacional y la solución pacífica de las controversias entre los Estados y reconoce esta sentencia como firme, definitiva y de obligatorio cumplimiento. En particular, Nicaragua desea hacer notar que nuestro recurso al más alto Tribunal de Justicia, y la reiterada presencia de Nicaragua ante dicho Tribunal desde el año de 1984, es una muestra palpable de ese compromiso. De igual manera Nicaragua espera que Colombia reconozca el valor y eficacia de todas las sentencias de la Corte, en particular la sentencia dictada en 2012.

Managua, 13 de Julio 2023
Gobierno de Reconciliación
y Unidad Nacional


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